martes, 24 de abril de 2012

RETIRADA DE LA TARJETA SANITARIA POR LEY A LOS EXTRANJEROS EN SITUACIÓN IRREGULAR


Ningún ciudadano, sea español o inmigrante, se va a quedar sin asistencia sanitaria. Lo único que se restringe es el derecho a la tarjeta sanitaria. Esta tarjeta será sólo para españoles o para extranjeros con residencia legal en España.
Los extranjeros que no tengan residencia en España, turistas o inmigrantes irregulares, tendrán siempre garantizada la asistencia en caso de embarazo, parto, postparto, asistencia sanitaria urgente por enfermedad o accidente. Y para los menores de 18 años en todos los casos.
En el caso de los turistas comunitarios, se les facturará la asistencia a su país a través de su tarjeta sanitaria europea. Si son extracomunitarios se les facturará a través de sus seguros de viaje.
Se atenderán problemas de salud a través de convenios de las Comunidades Autónomas con ONGs (ejemplo los convenios que mantiene el Plan Nacional del Sida) y también se tratarán los casos de interés humanitario (ejemplo los convenios que se utilizan para traer a niños enfermos de países en desarrollo para que sean tratados).
Los extranjeros en situación irregular no pueden tener derecho legislado a tener la tarjeta sanitaria porque entonces la tienen para todo, por ejemplo, pueden traer a familiares que no residen en España sólo para someterse a una intervención quirúrgica. Además, este sistema crea un efecto llamada indeseable.
A partir de ahora un ciudadano comunitario tendrá que acreditar la residencia legal además del empadronamiento para tener derecho a la tarjeta sanitaria igual que se exige a un español cuando viaja al extranjero.
Se han producido muchos abusos acreditados en el último informe del Tribunal de Cuentas correspondiente al año 2009 y según el cual España habría dejado de facturar a otros países la asistencia médica y farmacéutica en ese año por valor de casi 1.000 millones de €. Es lo que se llama “turismo sanitario” a lo que se va a poner freno con este Real Decreto.
El objetivo no tanto sacar de la asistencia sanitaria a los inmigrantes irregulares, sino frenar los abusos. Un ejemplo flagrante: Un ciudadano alemán que obtiene la tarjeta sanitaria europea en España y deja de cotizar en su país cuando son atendidos en Alemania es España quien tiene que pagar la factura. Estos ejemplos están documentados por el Tribunal de Cuentas.
El Gobierno socialista tuvo la oportunidad en 2007 de solventar esta situación con la trasposición de la directiva de libre circulación y residencia de los ciudadanos de la Unión. Sin embargo, de manera negligente, obvió el artículo que obligaba a los ciudadanos comunitarios que querían residir en España a contar con un seguro médico público o privado para no suponer una carga.
Los españoles, además, no tuvieron derecho a la sanidad universal por ley hasta el pasado 1 de enero y es que se daba la paradoja que un extranjero que no tuviera regularizada su situación tenía de facto más derecho que un parado español de larga duración y eso es especialmente grave.

5 comentarios:

  1. ¡Una decisión muy sensata, si señor!

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  2. venga con tanto recorta a los pobres estais apañao los del pp y el psoe mira como los del congreso no se recortan nada como los asesores coche oficial etc,, es penosa la clase politica española y lo del psoe es ya patetico van de izquierda y son de extrema derecha que pena de hipocresia y demagogia y tito paco que se a ido al congreso y a dejao el pueblo como un solar , haber si en un pleno del ayuntamiento esponeis el por que los ciudadanos piden cita pa la supuesta alcaldesa y omite la cita y no se le recibe espero respuesta un saludo para este bloc libre que tome nota el bloc censurado del psoe local.

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  3. que esperen a que sea urgente el problema de salud...¿es lo que hacéis los que estáis de acuerdo con esta ley?
    Saludos a quienes no

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  4. 2 Son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todos los españoles y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional.

    ÉSTE ES EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY GENERAL DE SANIDAD DE 1986.
    ¿A QUÉ 1 DE ENERO SE REFIERE EL REDACTOR DE TAN CURIOSO ALEGATO?

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    1. Se ha realizado la consulta para responder a este comentario, en cuando tengamos la respuesta se publicará.
      Gracias por tu aportación

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